domingo, 19 de junio de 2011

11.2 TEORIAS QUE JUSTIFICAN LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL.


En la doctrina de derecho internacional se discute sobre la procedencia de la teoría de la culpa o de la responsabilidad objetiva. La primera postula que hay que agregar a los anteriores elementos para hacer responsable a un Estado el elemento de culpa. Los que sostienen la segunda teoría argumentan que el elemento psicológico no tiene ninguna relevancia, basta la conducta objetiva del Estado en violación de una norma de derecho internacional además de que consideran que el elemento psicológico de la culpa es difícil de probar.

La Teoría objetiva o del riesgo, tiene cabida en la normatividad consuetudinaria internacional; tal es el caso de los daños y perjuicios ocasionados por la caída de los objetos lanzados al espacio extraterrestre, como lo establece la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 1962 (XVIII) denominada Sobre los Principios Jurídicos que rigen las actividades de los Estados en la Exploración y el Uso del espacio Exterior.

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